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Donaciones de padres a hijos

Los cambios que ha habido en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones han provocado que aumenten las donaciones de padres a hijos de bienes en vida. ¡Ya no esperan a hacerlo por herencia tras su fallecimiento!

¿Qué es una donación en vida?

De siempre, donar ha sido dar a alguien otra cosa de forma gratuita. Es un regalo de donante al donatario. Pero ¡ojo!, puede ser un regalo envenenado o beneficioso. ¡Es como cuando vas al McDonald’s y esperas a ver el regalo que te toca!

Ventajas de las donaciones de padres a hijos

  • Como se reparten los bienes en vida, se evitan posibles discusiones al repartir la herencia. ¡Cuántos casos hay de familias que ni se hablan por temas de herencia!
  • Los padres pueden ayudar a los hijos en dificultades económicas y solucionarles el futuro. ¡Pueden disfrutar en vida de los bienes de los padres!
  • La donación permite hacer más variaciones. Los donantes pueden imponer algunas condiciones, reservarse algún derecho sobre la vivienda donada… ¡Tú eliges!
  • Se sabe cual es la fiscalidad aplicable a las donaciones en el momento que se hacen
  • El donante no puede cambiar su voluntad en el testamento

Desventajas de las donaciones de padres a hijos

  • Hay costes adicionales para el donatario y el donante. ¡En un segundo, te explico!
  • Una vez que se dona, no hay vuelta atrás. ¡Piénsalo bien!
  • Puede haber conflictos si sólo hay una vivienda y varios hijos.

¿Qué bienes puede donar un padre a sus hijos?

Los padres pueden donar de todo a sus hijos: joyas, dinero, terrenos…Sin embargo, dependiendo del tipo del bien donado tendrás que ir al Notario o no.

Si son bienes inmuebles -una joya, un cuadro, dinero-no hace falta acudir al notario. En cambio, en los bienes inmuebles como un terreno o un local si es necesario ir al Notario y otorgar escritura pública de donación.

¿Qué impuestos hay que pagar por una donación de padres a hijos?

Como Mamá ya te contado, toda donación lleva consigo obligaciones fiscales tanto para el hijo como el padre. ¡No todo podía ser bueno!

  • Impuesto sobre Donaciones. El pago de este impuesto corresponde al hijo y tiene un plazo de 30 días hábiles para liquidarlo. La cuantía variará según la Comunidad Autónoma. ¡Infórmate!
  • Plusvalía Municipal. El hijo pagará este impuesto cuando lo donado sea una vivienda, un local, un terreno urbano… ¡Si es un terreno rústico no se paga Plusvalía Municipal!
  • IRPF. En este caso, son los padres los que están obligados a declarar en el IRPF la ganancia patrimonial por la diferencia entre el valor de adquisición y el valor del bien en el momento de la donación. ¡Dependiendo de la Comunidad Autónoma pagarás más o menos!

 

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