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¿Cuáles son los requisitos para cobrar el paro?

¿Has perdido el trabajo y no sabes si puedes o no ser beneficiario de las ayudas por desempleo? Mamá te cuenta cuáles son los requisitos para cobrar el paro.

Tipos de desempleo

Antes de solicitar cualquier tipo de ayuda por desempleo, es importante distinguir las clases de desempleo que existen.

  • Desempleo total. Es el cese del trabajador en la actividad que estaba llevando a cabo ya sea con un carácter temporal o definitivo.
  • Desempleo parcial. El desempleo es parcial cuando la jornada de un trabajador se ha reducido. ¡Tiene que ser una reducción laboral de entre el 10 y el 70% de la jornada y el salario verse reducido!

Requisitos para cobrar el paro

Los requisitos para cobrar el paro son:

  • Haber trabajado y cotizado durante, al menos, 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación del desempleo. ¡Tu trabajo en el McDonald’s del año 2001 no cuenta!
  • No haberte dado de baja voluntariamente en el trabajo.
  • Estar dado de alta como demandante de empleo.
  • Estar en situación de desempleo, bien por haber sido despedido, por haber finalizado el contrato o por haber sufrido una reducción de jornada de más de un tercio de la duración inicial.
  • Solicitar la prestación en los 15 días posteriores a la finalización del contrato.
  • No incumplir ninguna condición mientras estés recibiendo la prestación de desempleo. ¡Puedes perderla!

Documentos que hay que presentar para cobrar el paro

La tarjeta del paro

Para poder solicitar esta ayuda, tienes que ser demandante de trabajo. Debes tener la tarjeta del paro. Este documento acredita que eres demandante de empleo y te permite acceder tanto a la prestación por desempleo como a los cursos de formación del SEPE (enlazarlo con el artículo del SEPE) y a trabajos cuyo gestor sean los servicios públicos de empleo.

Impreso de solicitud

Debes rellenar el impreso de solicitud de la prestación en el modelo normalizado que facilita la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal. En este documento aparece los hijos que tienes a tu cargo, tus rentas, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la Agencia Tributaria.

DNI y Libro de Familia

¡Tienes que llevar los documentos originales! Y si estas separado o divorciado, hay que presentar el convenio regulador.

Certificado de empresa

Debes presentar un certificado de la empresa en la que hayas trabajado durante los últimos seis meses. ¡Tiene que ir firmado y sellado!

Justificado de rentas

Si la entidad gestora lo pide, es necesario que presentes la última Declaración de la Renta.

Contratos eventuales

Por ejemplo, si durante los últimos seis años se han realizado trabajos a tiempo parcial anteriores al del último cese y no se ha cobrado ninguna prestación por ellos, hay que presentar el contrato o los certificados de empresa con los días a la semana que se hayan trabajado. De este modo, se podrán calcular los días cotizados.

Número de cuenta bancaria

Tienes que llevar cualquier documento bancario en el que aparezca el número de cuenta del banco en el que quieres cobrar el paro. ¡Tienes que ser el titular de la cuenta!

Cuantías en la prestación por desempleo

La cantidad a percibir durante el paro será del 70% durante los primeros 180 días y del 50% a partir del día 181.

La mínima es de 705,18 euros con hijos a cargo menores de 26 años o mayores con una minusvalía igual o superior al 33%. Sin embargo, para los que no tienen hijos, es de 527,24 euros.

La cuantía máxima si tienes un hijo a tu cargo es de 1.318,1 euros, mientras que si tienes dos hijos asciende hasta los 1.482,86. En cambio, si no tienes hijos descenderá hasta los 1.153,34 euros.

Además, la cuantía dependerá de la Base Reguladora y podrás trabajar mientras cobras la prestación siempre y cuando el empleo sea a tiempo parcial. Pero ¡la cuota de desempleo se verá reducida en la misma proporción de la jornada de trabajo!

Si has agotado tu prestación del SEPE y sigues sin tener empleo, existe una ayuda existencial que se concede en circunstancias especiales, como, por ejemplo: tener obligaciones familiares, ser inmigrante retornado, tener más de 45 años o ser expresidiario.

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